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Constitución de WAPOR

ARTÍCULO I – NOMBRE

Sección 1: El nombre de la Asociación será la Asociación Mundial de Investigación de Opinión Pública (WAPOR).

ARTÍCULO II – PROPÓSITOS Y FUNCIONES

Sección 1: La opinión pública es una fuerza crítica en la configuración y transformación de la sociedad. La investigación de encuesta realizada y diseminada apropiadamente proporciona al público una herramienta para medir opiniones y actitudes con el fin de permitir que sus voces sean escuchadas. A la luz de esta misión, la Asociación deberá: a) promover en cada país del mundo el derecho a realizar y publicar investigaciones científicas sobre lo que las personas y sus grupos piensan y cómo este pensamiento está influenciado por diversos factores, b) promover el conocimiento y la aplicación de métodos científicos en este objetivo, c) asistir y promover el desarrollo y la publicación de investigaciones de opinión pública en todo el mundo, d) promover la cooperación e intercambio internacional entre investigadores académicos y comerciales, periodistas y actores políticos, así como entre los representantes de los diferentes científicos disciplinas.

Sección 2: Funciones y actividades de la Asociación incluyen, pero no se limitan a, organizar y patrocinar reuniones y publicaciones, alentar altos estándares profesionales, promover mejores técnicas de investigación, informar a los periodistas sobre las formas apropiadas de publicar resultados de encuestas, observar el proceso democrático y uso de encuestas en las elecciones, promoción del entrenamiento del personal, coordinación de las encuestas internacionales y mantener relaciones estrechas con otras agencias de investigación. Tales agencias incluyen la Asociación Americana de Investigación de Opinión Pública (AAPOR), la Asociación Mundial de Profesionales de la Investigación (ESOMAR) y otras asociaciones de investigación profesionales internacionales y regionales, así como la Organización de las Naciones Unidas para la Educación, la Ciencia y la Cultura (UNESCO), otros organismos de las Naciones Unidas y organizaciones internacionales privadas.

ARTÍCULO III – MEMBRESÍA

Sección 1: la membresía en la Asociación debe ser como personas individuales, no como representantes de organizaciones, naciones u otros grupos.

Sección 2: la membresía estará abierta a todas las personas que tengan interés en la conducta, el uso o la enseñanza de encuestas de opinión y actitudes científicas, investigación de ciencias sociales, investigación de medios o comunicaciones, estudios de mercado o actividades relacionadas y que se suscriban y sigan el Código de prácticas y ética profesional de WAPOR. Solo los miembros con buena reputación tendrán derecho a votar y ocupar cargos públicos.

Sección 3: La membresía en la Asociación no se negará por motivos de raza, sexo, color, religión, nacionalidad o afiliación política.

Sección 4: Las cuotas serán fijadas por el Consejo. Serán pagaderos a partir del 1 de enero, al comienzo del año fiscal, previa notificación del Secretario-Tesorero y de la manera que determine el Consejo. Los miembros cuyas cuotas no se paguen antes del 1 de marzo de cada año se considerarán no válidos y no serán elegibles para votar o desempeñar su cargo. El Secretario-Tesorero notificará a todos los miembros atrasados ​​el 30 de marzo que las cuotas deben pagarse dentro de los 30 días o que se eliminarán de las listas.

ARTÍCULO IV – CONSEJO, CONSEJO EJECUTIVO Y COMITÉS

Sección 1: La Asociación tendrá un Consejo y un Consejo Ejecutivo. El Consejo constará de los siguientes nueve miembros: los cuatro funcionarios: presidente, ex presidente, vicepresidente y presidente electo y secretario-tesorero (consejo ejecutivo), y las cinco personas que son miembros del Consejo en virtud de su cargo de presidentes. del Comité de la Conferencia, Presidente del Comité de Membresía, Presidente del Comité de Enlace, Presidente del Comité de Estándares Profesionales, Presidente del Comité de Publicaciones.

Sección 2: El Consejo, por mayoría de votos de todos sus miembros, conducirá el negocio y cuidará los intereses generales de la Asociación. Se reunirá al menos una vez al año en relación con la conferencia anual. El Presidente invitará al Consejo con una agenda preliminar al menos seis semanas antes de la reunión. Entre las reuniones del Consejo, el Consejo Ejecutivo dirigirá el negocio y cuidará los intereses generales de la Asociación.

El Consejo Ejecutivo se reunirá cuantas veces lo considere necesario. El Presidente decidirá si el Consejo Ejecutivo o el Consejo tratarán los asuntos respectivos, y el Consejo Ejecutivo podrá, por mayoría de votos, decidir someter los asuntos al Consejo completo. El Presidente debe enviar las actas de las reuniones del Consejo Ejecutivo a los miembros del Consejo de manera oportuna. El Consejo y el Consejo Ejecutivo pueden tomar decisiones entre reuniones por correo, teléfono, fax o correo electrónico u otros medios electrónicos de comunicación. Las decisiones del Consejo y del Consejo Ejecutivo requieren una mayoría de sus respectivos miembros.

Un miembro que tenga membresía en el Consejo en virtud de su puesto como presidente del comité puede, si no puede participar en una reunión, otorgar un poder por escrito a un miembro de su comité que asistirá y servirá como miembro pro tempore del Consejo y votar en su lugar.

El Consejo puede actuar en todos los asuntos rutinarios bajo su propia autoridad. Los procedimientos de la reunión no cubiertos por esta Constitución se regirán por las Reglas de Orden de Robert. El Consejo es en todo momento responsable ante la membresía por sus acciones, cualquiera de las cuales puede ser revocada por una decisión mayoritaria de los miembros en un referéndum general instituido después de la apelación escrita de veinte miembros.

Sección 3: El Presidente será responsable de cumplir los propósitos de la Asociación como su representante principal. S / He presidirá el Consejo, el Consejo Ejecutivo y la Reunión de negocios, y actuará como representante oficial de WAPOR en sus relaciones con otras organizaciones y el público. S / He informará periódicamente a la membresía sobre sus actividades y las actividades del Consejo y del Consejo Ejecutivo durante el año.

Sección 4: El vicepresidente actuará como el diputado del presidente. S / He se convertirá automáticamente en Presidente el siguiente término. S / He asumirá la Presidencia si la oficina queda vacante.

Sección 5: El Secretario-Tesorero será responsable de recaudar las cuotas de membresía y otros ingresos de la Asociación, para administrar los fondos de la Asociación, y para realizar otras tareas que el Concejo pueda prescribir. S / He preparará y distribuirá a todos los miembros un informe de cada Consejo y Reunión de Negocios y presentará un informe anual a la membresía que cubra sus actividades para el año y la situación financiera de la Asociación al final del año fiscal. Deberá ser presidente ex officio del Comité de Finanzas

Sección 6: Habrá los siguientes siete Comités Permanentes de la Asociación: Electoral, Finanzas, Estándares Profesionales, Publicaciones, Enlace, Conferencia y Membresía. El Comité Electoral estará encabezado ex officio por el ex presidente. El Comité de Finanzas estará encabezado de oficio por el Secretario Tesorero. El Comité de Normas Profesionales, el Comité de Publicaciones y el Comité de Enlace estarán dirigidos por los Presidentes elegidos por la membresía. El Comité de la Conferencia y el Comité de Membresía estarán dirigidos por Presidentes nombrados por el Presidente y aprobados por el Consejo.

Cada Comité Permanente tendrá hasta seis miembros nombrados por el Presidente. El presidente de cada comité deberá presentar un informe anual a la membresía que cubra las actividades de su comité durante el año. Los deberes y responsabilidades de los comités serán los siguientes:

a) El Comité Electoral será responsable de la conducción de las nominaciones y elecciones como se especifica en el Artículo V, Sección 3, a continuación. Las comunicaciones a los miembros para este fin se enviarán a través del Secretario General para su devolución al Comité.

b) El Comité de Finanzas será responsable de redactar el presupuesto anual y la asignación de fondos de la Asociación.

c) El Comité de Normas Profesionales revisará y ajustará, cuando sea necesario, el Código de Ética y Prácticas Profesionales y propondrá enmiendas periódicamente para mantener su coherencia con las necesidades y tecnología contemporáneas y promover su observancia dentro de la profesión. Para este fin, buscará la cooperación con otras asociaciones en el campo.

d) El Comité de Publicaciones coordinará todas las actividades de publicación de la Asociación tales como revistas, series de libros, el boletín informativo. El Comité presenta al Consejo las candidaturas para los editores del International Journal of Public Opinion Research.

e) El Comité de Enlace será el principal responsable de todos los contactos y discusiones con otras asociaciones, particularmente las mencionadas en el Artículo II, Sección 2.

f) El Comité de la Conferencia será responsable del programa y los arreglos administrativos en la conferencia anual y otras conferencias y seminarios de la Asociación, y de la coordinación con otras organizaciones que compartan el sitio de la conferencia.

g) El Comité de Membresía iniciará acciones para mantener y aumentar la membresía. El Comité nombra, con el consentimiento del Presidente, representantes nacionales y regionales. Estos representantes promueven la misión de WAPOR en sus áreas geográficas.

Sección 7: El Presidente puede crear, con el asesoramiento y el consentimiento del Consejo, los Comités Especiales que considere necesarios para llevar a cabo los propósitos y operaciones de la Asociación, tales como relaciones públicas, capacitación e intercambio de personal, encuestas internacionales, desarrollo de investigación y grupos de trabajo sobre la conducta y el uso de las urnas en las elecciones. Cada Comité Especial estará compuesto por un Presidente, designado por el Presidente y aprobado por el Consejo, y hasta seis miembros, seleccionados por el Presidente. Tendrá un plazo limitado de no más de dos años. Los Presidentes de los Comités Especiales pueden asistir a las reuniones del Consejo, pero no tienen derecho a voto.

Sección 8: El Consejo nombrará un Secretario General. El Secretario General mantendrá los registros de membresía y apoyará los archivos de WAPOR, asistirá con la administración de WAPOR y realizará la correspondencia de rutina. El Secretario General también puede servir en una de las posiciones del Consejo especificadas en el Artículo IV, Sección 1.

Sección 9: El mandato de todos los miembros electos del Consejo y del Comité será de dos años, escalonados de la siguiente manera:

El Vicepresidente y el Presidente Electo, y el Presidente del Comité de Normas Profesionales serán elegidos en años pares; el Secretario-Tesorero, el Presidente del Comité de Publicaciones, y el Presidente del Comité de Enlace serán elegidos en años impares. El Vicepresidente, al término de un período de dos años, se convertirá automáticamente en Presidente por un período de dos años, después de lo cual servirá durante dos años como Presidente anterior. Los términos comienzan el 1 de enero.

Sección 10: Nadie puede tener más de una oficina electiva a la vez. Si una persona es elegida para dos o más oficinas al mismo tiempo, debe renunciar a todas menos a una.

Sección 11: Los miembros del Consejo y del Comité se elegirán de tal manera que, en la medida de lo posible, todas las secciones geográficas y otros intereses entre los miembros tengan una representación justa y equitativa. Específicamente, el presidente, el vicepresidente y el presidente electo no deben ser residentes del mismo país.

Sección 12: Todas las vacantes, excepto la Presidencia, que ocurran entre las elecciones serán ocupadas por el Presidente, dando la primera consideración a los siguientes candidatos de mayor rango en el momento de la elección. En la próxima elección regular se elegirá un candidato para cubrir cada término no vencido o regular.

ARTÍCULO V – VOTACIÓN Y CONDUCTA DE LOS NEGOCIOS

Sección 1: Las decisiones por Membresía, Consejo, Consejo Ejecutivo y Comités se tomarán por mayoría de votos. Para que todos los miembros tengan la misma voz en la Asociación, independientemente de su ubicación geográfica o su capacidad para asistir a las reuniones, la votación de todas las elecciones y asuntos de política básica puede realizarse por correo postal, fax, correo electrónico u otros medios electrónicos de comunicación. Las preguntas formuladas por dos o más miembros del Consejo como materia de política básica y respaldadas por veinte miembros con buena reputación deben ser sometidas a votación por membresía plena. En caso de empate en la votación de membresía completa, el Consejo emitirá el voto decisivo del lado favorecido por la mayoría de los miembros del Consejo.

Sección 2: Todos los referendos de membresía, incluidas las elecciones y otras preguntas, serán realizados por el Secretario General previa solicitud escrita del Comité Electoral. El Comité Electoral y el Secretario General deben conducir las elecciones de una manera que permita una participación máxima de los miembros y la protección de la privacidad, siguiendo las pautas que emita el Consejo.

Sección 3: Para la elección anual de los miembros del Consejo, se debe enviar una convocatoria de nominaciones a todos los miembros antes del 1 de agosto en un correo separado (correo, fax, correo electrónico u otro medio de comunicación electrónico). Dando la primera consideración a las sugerencias por membresía y tomando en cuenta la elegibilidad, disponibilidad y calificaciones de los candidatos sugeridos y la distribución geográfica necesaria, el Comité deberá preparar una lista de nominaciones, presentando dos o más candidatos para cada oficina. Estos incluirán a todos los nominados calificados con veinte o más votos en el escrutinio de nominación.

Estas nominaciones se presentarán a la membresía regular para su voto por correo (correo ordinario, fax o correo electrónico) a más tardar el 15 de septiembre. El Comité Electoral y el Secretario General tomarán disposiciones para garantizar que los votantes puedan ser identificados como miembros en buenos términos pero que el anonimato de su voto está protegido. Los votos recibidos dentro de las seis semanas posteriores a la presentación de la boleta a los miembros serán válidos.

El Presidente del Comité Electoral informará inmediatamente a los candidatos (ganadores y perdedores) y al Consejo. El anuncio debe realizarse antes del 15 de noviembre. Los ganadores se anunciarán en el próximo Boletín, en la página principal de WAPOR y por correo electrónico.

Sección 4: Una reunión de negocios se llevará a cabo una vez al año para discutir asuntos comerciales o profesionales. El lugar y la hora de dicha reunión de negocios deberían coincidir con la conferencia anual. El objetivo de la Reunión Empresarial es mantener a los miembros actualizados sobre los asuntos actuales de la Asociación, presentar informes de los oficiales y presidentes de los Comités, y dar a los miembros asistentes la oportunidad de presentar su opinión. No se tomarán votos vinculantes en la reunión de negocios.

ARTÍCULO VI – TESORERÍA Y FONDOS

Sección 1: El Secretario-Tesorero deberá presentar al Consejo un informe anual que incluya el balance de la situación financiera de la Asociación y un presupuesto estimado para el próximo año.

Sección 2: El gasto de fondos del Tesoro de la Asociación para hacer frente a los gastos ordinarios del Consejo o del Comité, tales como los gastos de oficina, papelería, franqueo postal y otros compromisos presupuestarios, será realizado por el Secretario-Tesorero. Todos los demás compromisos financieros deben considerarse asuntos de política básica y presentados al Consejo. El Consejo decidirá cuáles de estos asuntos deben estar sujetos a la aprobación de la membresía completa.

Sección 3: El Consejo puede, por mayoría de votos, designar dinero en el tesoro de WAPOR como Fondo Especial. Puede haber cualquier cantidad de Fondos Especiales. Una vez que se designa cualquier cantidad como un Fondo Especial, solo se puede usar el ingreso de la inversión de ese dinero. Una vez que se ha establecido un Fondo Especial, solo puede darse por terminado mediante el siguiente procedimiento. Una propuesta para terminar un Fondo Especial debe ser circulada al Consejo y la membresía completa de WAPOR por lo menos 90 días antes de una reunión del Consejo. En esa reunión del Consejo, debe haber un voto de dos tercios por parte de todos los miembros del Consejo para considerar la propuesta nuevamente en una reunión del Consejo que se celebrará no antes de seis meses más tarde, pero no más de un año después. En la segunda consideración de la propuesta del Consejo, debe haber un voto de dos tercios por parte de todos los miembros del Consejo para enviar la propuesta a los miembros para su ratificación. El voto de la membresía plena estará de acuerdo con el Artículo VIII de la Constitución, excepto que se requerirá un voto de dos tercios de los votantes para rescindir un Fondo Especial. Cualquier propuesta que no cumpla con todos los requisitos de este procedimiento dentro de un período de dos años se considerará nula e inválida. Sobre la terminación de un Fondo Especial, todo el capital se colocará en el tesoro general.

Sección 4: WAPOR establecerá un Fondo de Dotación para financiar proyectos especiales para ayudar a llevar a cabo su misión. No más del 20 por ciento del monto en el Fondo de Dotación el 1 de enero de cada año calendario puede gastarse para proyectos en ese año sin la aprobación de dos tercios de los miembros del Consejo WAPOR.

ARTÍCULO VII – Capítulos regionales

Sección 1: Previa solicitud y aprobación del Consejo de WAPOR, los miembros de WAPOR pueden organizarse en capítulos regionales (países o grupos de países) con el objetivo de promover los propósitos generales de WAPOR y WAPOR los reconocerá. No puede haber más de un capítulo local por área (según lo determine el Consejo Ejecutivo). El Consejo Ejecutivo puede, en cualquier momento, a su entera discreción, revocar dicho reconocimiento.

Sección 2: Todos los capítulos tendrán estatutos y otros documentos organizacionales que sean razonablemente consistentes con las metas y objetivos de WAPOR según lo determine el Consejo de WAPOR. WAPOR otorgará a Chapters una licencia condicional, revocable y no exclusiva para usar el nombre «WAPOR».

Los capítulos son reconocidos por WAPOR pero no son parte de él. Como tal, WAPOR no es responsable de las acciones de los Capítulos regionales ni de sus obligaciones o responsabilidades, y cada Capítulo regional renunciará, liberará e indemnizará y mantendrá indemne a WAPOR de y frente a cualquier pérdida, reclamo o responsabilidad que pueda surgir en relación con su existencia y actividades.

Sección 3: Los oficiales en los Capítulos regionales oficialmente reconocidos deben ser miembros pagos de WAPOR. Los miembros del Capítulo Regional no necesitan ser miembros de WAPOR.

Sección 4: Todos los miembros del Capítulo de WAPOR deben adoptar el Código de Ética de WAPOR como condición para la membresía del Capítulo.

Sección 5: Cada capítulo regional presentará un informe por escrito anualmente al Consejo WAPOR a través del miembro de enlace del Consejo WAPOR. El informe del capítulo regional contendrá:

* un informe sobre membresía
* una lista de actividades para el año
* una certificación que establezca que las cuotas de membresía y cualquier otro fondo proporcionado por WAPOR al capítulo regional se recopilan, registran y utilizan de acuerdo con la Constitución de WAPOR y los principios de contabilidad estándar.

Sección 6: Los Capítulos regionales no deberán, excepto con la aprobación expresa del Consejo WAPOR, hacer declaraciones públicas o celebrar ningún contrato en nombre de WAPOR o de ninguna manera representar, obligar o vincular legalmente a WAPOR. Los Capítulos regionales no tomarán ninguna medida contraria a las políticas y propósitos de WAPOR.

ARTÍCULO VIII-IDIOMAS

Sección 1: Los idiomas oficiales de la Asociación Mundial de Investigación de Opinión Pública son inglés y francés. El Consejo Ejecutivo decide el idioma de trabajo o los idiomas que se utilizarán en cada reunión internacional.

ARTÍCULO IX – ENMIENDAS

Sección 1: Las enmiendas pueden proponerse por acción del Consejo o petición de veinte miembros. Las enmiendas a esta Constitución pueden hacerse por voto de la mayoría de todos los miembros que participan en un referéndum por correo, fax o correo electrónico y cuyos votos se reciben dentro de las seis semanas posteriores a la presentación de la balota, siempre que participe al menos el 25% de los miembros. en el referéndum

ARTÍCULO X – ESTABLECIMIENTO Y TERMINACIÓN

Sección 1: Esta Constitución entrará en vigencia inmediatamente después de su aceptación a través de un referéndum por la mayoría de los miembros en las listas en el momento de la presentación. Reemplazará todos los acuerdos de asociación anteriores. Los miembros reconocidos del Consejo y del Comité en el momento de la adopción de esta Constitución continuarán en el cargo hasta el 1 de enero siguiente a la primera elección.

Sección 2: La Asociación se considerará disuelta al término de la Constitución por mayoría absoluta en un referéndum o cuando no se celebre un Consejo o reunión general durante tres años consecutivos. Los fondos restantes en el Tesoro en ese momento serán entregados a la UNESCO, a menos que se tomen otras disposiciones legales para su disposición.